Conducir bajo los efectos del alcohol y otras sustancias

Conducir bajo los efectos del alcohol

Hoy en día la ley recae de forma muy grave sobre aquellos que conducen algún tipo de vehículo, ya sea a motor o no, bajo los efectos del alcohol o las drogas, es por eso por lo que en este artículo vamos a hablar sobre cuáles son los límites legales en cuanto a alcohol y estupefacientes a la hora de conducir.

¿Qué debo de tener en cuenta al conducir?

Lo primero que tenemos que saber son las pruebas que nos realiza la policía en un control o si ven indicios de que hemos consumido algo antes de conducir.

Alcohol

Normalmente la primera prueba que se hace es la prueba de aire aspirado, esta prueba consiste en soplar de forma firme en un aparato que se llama alcoholímetro, este aparato le indicará a la persona que realiza la prueba el volumen de alcohol en aire aspirado que tiene el conductor del vehículo.

En márgenes legales se puede dar hasta 0.25 miligramos de etanol por cada litro de aire aspirado, que se reduce a 0.15 para aquellos con menos de un año de carné en su primer vehículo y conductores profesionales.

En este caso el tipo de infracción sería administrativa, es decir, penada con una multa que se determina a partir del nivel de alcohol y el comportamiento al volante, pero en el caso de dar una tasa superior a 0.6 miligramos de etanol por litro de aire aspirado la infracción pasa a ser penal, en este caso ya puede estar penada con pena de prisión.

Claro está que con ambas infracciones puede existir una retirada de puntos del carné de conducir e incluso la retirada completa de carné sin posibilidad de volver a adquirirlo.

Incluso la DGT (Dirección General de Tráfico) lleva un tiempo amenazando para que en los controles de alcohol se tenga que dar, obligatoriamente, 0.0 miligramos de alcohol en litro de aire aspirado.

¿Qué pasa con las drogas?

En el caso anterior vemos que la prueba va según la cantidad de alcohol que tenemos en el cuerpo, ¿pero funcionan igual las de drogas?

No, las de drogas bastan para ser delito solo con dar positivo, sin tener en cuenta la cantidad. Es decir, solo con dar positivo ya estaríamos infringiendo la ley y seriamos penados como tal.

El problema de las drogas como la mariguana o la cocaína es que no se metabolizan (eliminan del cuerpo) tan rápido como el alcohol, sino que duran varios días en el organismo, pudiendo llegar a dar positivo en un control de drogas hasta pasados 4 días después del consumo.

Es por esto por lo que, si hemos consumido algún tipo de drogas, por mucho que ya no estemos bajos los efectos de esta, todavía podemos dar positivo en un control de drogas y como la pena, mayoritariamente, solo está definida por si se da positivo o no sin tener en cuenta la cantidad, ya se nos podría penar por conducir bajo los efectos de la droga.

En el caso de la prueba de drogas se hará si se da negativo o positivo en el control de alcohol y si se dan indicios para hacerla. Si la persona da negativo en un control de alcohol y no tiene síntomas de haber consumido ninguna droga, no se le acostumbrará a hacer otra prueba.

¿Cómo funciona una prueba de drogas?

Las pruebas de drogas se hacen mediante la saliva del conductor, se coge una muestra que es analizada por una máquina y determina si el conductor tiene algún tipo de drogas en el organismo, que como ya hemos dicho anteriormente, no significa necesariamente que se haya consumido de forma temprana antes del propio control, puesto que la droga se mantiene algunos días en el organismo.

En estos casos la pena también suele ser administrativa y también, en casos más graves. Puede llegar a ser judicial.

¿Qué drogas detecta el control de drogas?

En el caso de la prueba de drogas, la maquinaria solo es capaz de reconocer 5 tipos distintos de drogas que son las siguientes: Anfetaminas, cocaína, metanfetamina, cannabis (THC) y opiáceos.

Estas serían las únicas drogas capaces de detectar la prueba de drogas, por lo que, teóricamente, la droga que hemos consumido no está entre estas 5, la prueba de drogas no conseguirá detectarla.

HHC

Esto, aunque parece ficción, es una realidad como por ejemplo con el HHC, esta “nueva substancia” es una modificación del famoso THC para cambiar sus partículas y su estructura, formando así una nueva molécula con efectos similares que la hace invisible para estos controles de drogas.

Por lo general, las personas serán conscientes y no consumirán ninguna droga antes de ponerse a los mandos de cualquier vehículo, pero si lo hacen con alguna de estas que no son capaces de ser identificadas por la maquinaria, teóricamente no podrán ser penados por un vacío legal existente.

Tusi o cocaína rosa

Al igual que con el HHC también podemos ver algo similar en el tusi, más popularmente conocido como cocaína rosa, que por una pequeña modificación en su estructura hace que esta nueva droga sea imperceptible para los controles de drogas.

¿Las sanciones solo se aplican a motos y coches?

Hay mucha gente que tiene la falsa creencia de que si bebe y luego coge un vehículo de movilidad personal como un patinete eléctrico no pasa nada y es totalmente lo contrario, las sanciones también se pueden aplicar a personas que conduzcan bajo los efectos del alcohol o drogas en cualquier vehículo sea a motor o no, es decir, también son aplicables a usuarios que conduzcan una bicicleta.

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